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NEWSLETTER LEGAL: Casación en litigios sancionatorios: coherencia entre los capítulos del recurso.

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Aylwin Abogados Asociados
hace 16 horas
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La Tercera Sala de la Corte Suprema, con fecha 22 de septiembre de 2026, en causa “KDM S.A. con Superintendencia del Medio Ambiente”, Rol N°3.488-2026, resolvió que el recurso de Casación en el fondo requiere que en su formulación no existan incompatibilidades en las materias a pedir.


La causa se originó en la reclamación de KDM contra dos resoluciones de la SMA, que impusieron una multa de 5.000 UTA y luego la rebajaron a 4.984 UTA al acoger parcialmente la reposición. Tras el rechazo de la reclamación por el Segundo Tribunal Ambiental, KDM interpuso recursos de casación en la forma y en el fondo, en una controversia vinculada, entre otros aspectos, al manejo de líquidos percolados en el relleno sanitario Loma Los Colorados.


¿Qué se discutió?


KDM S.A. impugnó la sentencia del Segundo Tribunal Ambiental que rechazó su reclamación contra las resoluciones de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). La empresa dedujo casación en la forma y en el fondo. 


En la casación en la forma alegó, por una parte, infracción manifiesta de las reglas de sana crítica, sosteniendo que se habían agrupado dos omisiones diferentes: (i) la falta de habilitación de una planta de osmosis inversa y (ii) la falta de traslado de lixiviados a La Farfana. Por otra parte, denunció falta de fundamentos respecto de la alegada incapacidad estructural del relleno sanitario y de la prueba técnica acompañada.


En la casación en el fondo planteó tres grupos de errores: (i) infracción del principio de tipicidad por unificación de las conductas; (ii) prescripción y fuerza mayor, vinculadas a la prohibición de descarga dictada en 2014; y (iii) desproporción de la multa, solicitando su rebaja.


Decisión de la Corte Suprema


1. Casación en la forma: no se acreditaron los vicios denunciados.

La Corte recordó que la causal de infracción manifiesta de la sana crítica permite controlar si la valoración probatoria contraviene abiertamente la lógica, las máximas de la experiencia o los conocimientos científicamente afianzados; no permite volver a ponderar los hechos como una nueva instancia.


Respecto de la unificación de los cargos, estimó que KDM expresaba principalmente su desacuerdo con la valoración y calificación jurídica del Tribunal Ambiental, que había entendido las dos vías tecnológicas omitidas como parte de una única medida integral de tratamiento terciario contemplada en la RCA N°60/2005. 


Sobre la alegada falta de motivación, la Corte concluyó que el Tribunal Ambiental sí expuso fundamentos técnico-ambientales para su conclusión, apoyándose en las fiscalizaciones y en las condiciones de almacenamiento de las piscinas P1, P2 y P4. Por ello, no se configuró la causal del artículo 170 N°4 CPC. 


2. Casación en el fondo: capítulos incompatibles.

La Corte advirtió que los dos primeros capítulos sostenían que la sanción era improcedente, por falta de tipicidad o por prescripción. En cambio, el capítulo de proporcionalidad pedía reducir la multa, lo que la Corte entendió como un reconocimiento implícito de la existencia y punibilidad de la infracción. Consideró que esas posiciones eran incompatibles y privaban al recurso de coherencia.


Al tratarse de un recurso de derecho estricto, la Corte exigió que los errores de derecho invocados y la forma de influir en lo resolutivo fueran precisos y lógicamente compatibles. Así las cosas, concluyó que la casación en el fondo adolecía de manifiesta falta de fundamento.


La parte resolutiva declaró inadmisible la casación en la forma y rechazó la casación en el fondo interpuestas por KDM.


Posible efecto en procedimientos contencioso-administrativos contra el Estado


1. El efecto más claro es procesal y se concentra en la casación en el fondo, especialmente al impugnar sanciones administrativas.

El recurso debe articular capítulos compatibles. Sostener que la infracción no existió o prescribió y, a la vez, pedir que se rebaje la multa puede ser tratado como una contradicción que impide que la casación prospere. La Corte ya aplicó un razonamiento similar en un litigio contra la Superintendencia de Servicios Sanitarios, al considerar contradictorio sostener que no concurrían los presupuestos para sancionar y, simultáneamente, solicitar la rebaja de la multa (CS, Rol N°1.284-2008).


2. El alcance debe mantenerse acotado.

Este fallo no decide en el fondo si las conductas imputadas a KDM eran típicas, si la infracción estaba prescrita, si existió fuerza mayor o si la multa fue proporcional. El rechazo de esos capítulos obedeció a la incompatibilidad interna del recurso. Tampoco establece, por sí solo, una prohibición general de formular alegaciones subsidiarias en todas las etapas de un procedimiento contencioso-administrativo. El pronunciamiento trata la estructura de la casación en el fondo.


En consecuencia, para casos futuros el aprendizaje práctico es formular una teoría recursiva principal y, si se plantea una petición alternativa sobre el monto de una sanción, explicar su compatibilidad jurídica con las defensas de inexistencia o prescripción. La decisión no crea una regla sustantiva nueva sobre sanciones ambientales ni sobre la responsabilidad del Estado.


En Aylwin Asociados Abogados asesoramos a nuestros clientes en la prevención y resolución de conflictos, con amplia experiencia en litigios y arbitrajes complejos, en procedimientos civiles, contenciosos-administrativos y comerciales. Nuestro enfoque combina rigor jurídico, visión estratégica y un compromiso permanente con la protección de los intereses de nuestros clientes. 


Para consultas o para coordinar apoyo en esta materia, no duden en tomar contacto con nuestro equipo, el cual estará disponible para asistirles en este proceso.

 
 
 

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